Propuesta para que se le adicione la fracción VIII al artículo 305, del CPP para el Edo de Ver, quedando de la sig. manera : artículo 305 el sobreseimiento procederá cuando : VIII.- cuando se otorgue el perdón del ofendido o del legitimado para darlo en los delitos de querella

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Hernández Vázquez, Nora Nelly
Otras Contribuciones: Méndez Fernández, Adrián Porfirio (Asesor)
Formato: Tesis de licenciatura
Lenguaje:Español
Publicado: 2011
Materias:
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14330/TES01000669575
http://132.248.9.195/ptb2011/mayo/0669575/Index.html