La necesidad de adicionar el articulo 288 del Codigo civil para el Distrito Federal por contener una laguna de la ley, en cuanto a la posibilidad de demandar alimentos del conyuge que los necesite en contra del conyuge que pueda proporcionarlos, cuando no hay conyuge culpable, como es el caso de la causal XVIII de divorcio del articulo 267 del mismo ordenamiento

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Miramontes Lira, Miguel Esteban
Otras Contribuciones: Mora Lardizabal, Eustorgio de Jesús (Asesor)
Formato: Tesis de licenciatura
Lenguaje:Español
Publicado: 1999
Materias:
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14330/TES01000276439
http://132.248.9.195/pd1999/276439/Index.html