Que se reforme el articulo 300 bis del Codigo penal del estado de Michoacan, para que se determinen los objetos estrictamente indispensables, tratandose del robo famelico

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Melendez Araujo, Felipe de Jesus
Otras Contribuciones: Valencia Barragan, Ezequiel (Asesor)
Formato: Tesis de licenciatura
Lenguaje:Español
Publicado: 2006
Materias:
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14330/TES01000611199
http://132.248.9.195/pd2007/0611199/Index.html